Código de Ética

1- Introducción

El Código de Ética del Personal y Directivos de Industrializadora Guialante, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable, propietaria de la marca Veral,  tiene por objeto orientar a las personas en la búsqueda de un ideal de conducta humana, que trascienda el cargo o función que ocupan actualmente, y que conlleve al beneficio de quienes forman parte de ella, a nuestros accionistas, clientes, proveedores, contratistas y público en general.

Los problemas éticos no son creados por las personas en sí, pero surgen ante ellas, obligándolas a enfrentarlos. Las líneas generales de este Código de Ética analizan un conjunto de situaciones por las que debe velarse dentro de la institución, pero no detallan todos los problemas que pueden ocurrir en la labor cotidiana. De ese modo, eventualmente, podrán surgir dudas sobre cuál es la conducta más correcta a ser adoptada. 

Por ello, cada trabajador tiene la obligación de comunicar en forma inmediata al Gerente o Jefe inmediato superior siempre que aparezca alguna situación que pueda caracterizar un conflicto de intereses, o cuando se sospeche o tenga conocimiento de hechos que puedan perjudicar a Industrializadora Guialante, S.  de  R.L. de C.V., se opongan o parezcan contrariar lo establecido en el Código de Ética.

Es función de la Gerencia la divulgación del Código de Ética, proponer su actualización, así como dar apoyo en su aplicación a las demás gerencias y áreas.

2- Principios Éticos

El personal de  Industrializadora Guialante, S.  de  R.L. de C.V., y sus directivos actúan de acuerdo con los siguientes principios: 

  • Actúa con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer los intereses legítimos de la Sociedad, sus clientes y la comunidad en su conjunto, desechando el provecho o ventaja personal, obtenido por sí o por interpósita persona.

  • Profesa y practica un claro rechazo a la corrupción en todos los ámbitos de desempeño de la Sociedad y cumple cabalmente con las normas vigentes.

  • Brinda calidad en cada una de las labores a su cargo, y busca el resultado más adecuado y oportuno.

  • Se expresa con autenticidad en las relaciones laborales con todos los miembros de la empresa y con terceros.

  • Actúa de manera responsable, leal y solidaria con los miembros de Industrializadora Guialante, S. de  L. de C.V.,

  • Actúa con reserva y diligencia en el manejo de la información que conoce o está a su disposición.

  • Actúa con respeto presumiendo la honestidad y lealtad de los clientes y sociedad en general, salvo que bajo fundadas razones haya sospecha de alguna actuación ilegal.

  • Actúa con lealtad, dando cumplimiento de las normas de fidelidad y honor, actuando con verdad y consecuencia con los principios que rigen la actividad financiera, frente a quienes puedan hacer uso incorrecto de los servicios de Industrializadora Guialante, S. de  L. de C.V.,

  • Actúa con honestidad, con transparencia, recto proceder, elevado sentido de responsabilidad y profesionalismo, debiendo dichos actos responder a la confianza que la sociedad, clientes y accionistas depositan en Industrializadora Guialante, S. de  L. de C.V.,

  • Actúa con equidad, justicia y respeto mutuo en las relaciones con los clientes, con los competidores y con las múltiples organizaciones con las cuales interactuamos, distinguiendo la legítima actuación de las que no los son.

3- Aplicación

El Reglamento Interior de Trabajo debe referirse a que los empleados se encuentran obligados a respetar y obedecer lo establecido en el Código de Ética y demás que dicte INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., Por tal razón, las Normas de Conducta del Personal de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., configuran una serie de obligaciones adicionales que deben ser asumidas por los trabajadores.

Luego de su aprobación por el Consejo de Administración, la observación y cumplimiento de las Normas de Conducta del Personal y Directivos de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., competen a cada uno de sus trabajadores, siendo extensivas al personal que brinda servicios bajo contratos distintos a los de trabajo, así como a los practicantes pre-profesionales y becarios.

Cada Gerente y Jefe de Departamento asume la responsabilidad de guiar a su personal hacia el cumplimiento de las normas de conducta establecidas, así como de informar a la Gerencia General cuando deba aplicar alguna sanción relacionada con la infracción de las mismas, de forma tal que paulatinamente puedan unificarse los criterios de acción más adecuados en los casos donde ocurra una infracción. De la misma forma, asume responsabilidad en los casos donde, siendo consciente de un hecho que atente contra las normas de conducta establecidas, no haya aplicado las medidas correspondientes.

4- Derechos y Prohibiciones

4.1. Respecto a la Empresa

a) Decoro en la Imagen de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V.,: Los trabajadores y directivos son responsables por la preservación del prestigio de la empresa como un valor que pertenece a todos, valor que es compartido por el solo hecho de pertenecer a la misma y participar del ideal común. El personal no debe involucrarse en actividades o transacciones que puedan afectar a ésta. 

b) Bienes de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V.,: Donde los trabajadores y directivos son responsables del uso adecuado y racional de los bienes de propiedad de la institución que se les han asignado para el ejercicio de sus funciones, debiendo prevalecer el concepto de austeridad en forma permanente. En tal sentido, deben proteger y conservar los bienes evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes de la empresa para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido específicamente destinados. 

 

4.2. De la Transparencia, Neutralidad y No Discriminación

a) Transparencia: Todo trabajador y directivo debe llevar a cabo los actos de su labor de manera transparente, ello implica que dichos actos son accesibles al conocimiento de la ciudadanía a través de los mecanismos legales, de acuerdo con las disposiciones de los entes superiores y/o supervisores.

b) Neutralidad: Todo trabajador y directivo debe actuar con absoluta imparcialidad política, económica o de cualquier otra índole en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones ajenas. Por tanto, queda prohibido de realizar actividades de proselitismo político a través de la utilización de las propias labores o por medio de la utilización de infraestructura, bienes o recursos, ya sea a favor o en contra de partidos, organizaciones políticas o candidatos.

c) Contratación y adquisición de bienes y servicios: Los trabajadores y directivos que participen de los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes y servicios deberán observar las normas establecidas en los Estatutos, Normas y Directivas vigentes.

d) Selección de personal: Sujeto a los requisitos establecidos para ser trabajador de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V., las personas responsables de la selección y contratación de los empleados, deben efectuarlas en base en las capacidades que muestran los candidatos para el desempeño de su trabajo, sin ejercer sobre ellos ninguna discriminación por razones de raza, religión, color, sexo, estado civil, o por cualquier impedimento que no guarde relación directa con la labor que vaya a realizarse y las competencias requeridas para tal fin. La selección y contratación deberá efectuarse sin que exista ninguna presión personal, política o de cualquier otra índole.

 

4.3. De la Información de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V.

a) Información Privilegiada: Los trabajadores y directivos se abstendrán de utilizar en provecho propio, directa o indirectamente, o de terceros, aquella información a la que hubieran accedido por su condición o por el ejercicio de su función. Asimismo, los trabajadores y directivos están obligados a respetar el secreto profesional y garantizar la adecuada preservación de la reserva de aquella documentación que las leyes hayan calificado como tal. Esta prohibición no alcanza a los documentos de carácter público que obren en la institución ni a las labores de difusión que la institución realiza respecto de sus atribuciones.

b) Adelanto de opinión: Los trabajadores y directivos deberán abstenerse de expresar su opinión ante terceros respecto al sentido del pronunciamiento que se habrá de expedir en un asunto o materia que estuvieran conociendo en el ejercicio de sus funciones.

 

4.4. Del Obrar de los Integrantes de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V.

 a) Intereses personales: Los trabajadores y directivos de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V., evitarán que sus intereses personales se encuentren en conflicto con el cumplimiento de los deberes que en el ejercicio de sus funciones, les hayan sido encomendados. En ese sentido, deberán adoptar las medidas necesarias para que bajo ninguna circunstancia sus intereses personales dificulten el normal ejercicio de sus obligaciones y responsabilidades. 

Por la misma razón, se encuentran prohibidos de mantener relaciones de naturaleza laboral, civil, de negocios o comercial con clientes, empresas contratistas o proveedores de bienes y servicios de la empresa, exceptuando aquellos casos en que las relaciones estén asociadas a la contratación por parte del trabajador o directivo, de servicios públicos u otros que se ofrecen bajo similar condición en el mercado.

Por otro lado, el personal y directivos de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., se encuentran prohibidos de obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas para sí o para otros, mediante el uso de su cargo, influencia o apariencia de influencia. 

b) Dádivas y obsequios: En el ejercicio de su cargo, los trabajadores y directivos de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V., no aceptarán obsequios o beneficios, presentes o futuros, de parte de aquellas personas naturales o jurídicas que tengan relación contractual con la Sociedad, o que se encuentren en proceso de evaluación, negociación o contratación, así como de aquellas personas naturales o jurídicas que tengan relación directa o indirecta con las referidas anteriormente. Bajo algunas circunstancias, un regalo ofrecido puede ser aceptado, siempre que no sea en efectivo o en medio de pago equivalente, y que no tenga valor comercial o que sea un objeto o artículo coherente con las prácticas de promoción o publicidad de la empresa que lo brinda.

En los casos que el obsequio no cumpla con lo señalado y no pueda ser devuelto a la empresa o persona que lo entregó, quedará bajo custodia de la Gerencia General, hasta que pueda ser donado a una institución de caridad, o hacer del conocimiento del Consejo de Administración para que se manifieste en su oportunidad. Las personas a quienes los trabajadores y directivos soliciten un donativo, una promesa o cualquier ventaja indebida para favorecer, realizar u omitir un trámite, ya sea en cumplimiento o en violación de sus funciones, podrán denunciar tales hechos, indistinta o conjuntamente, a la Gerencia, a la Auditoría Interna, y/o a uno o varios Comisarios, sin perjuicio de las acciones civiles o penales a que hubiera lugar.

 

4.5. De la Información Solicitada al Trabajador

a) Transferencia de cargo: Los trabajadores responsables de los departamentos y áreas de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V., deberán conducir, en su respectivo nivel y con la anticipación posible, procesos de transferencia del cargo de forma ordenada, eficaces y documentados, para garantizar la continuidad del servicio. 

b) Declaración Jurada de Ingresos, Bienes y Rentas: Los trabajadores de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V., están obligados a informar al Consejo su situación patrimonial al momento de su ingreso a la empresa, asi como si existiesen rentas u otros ingresos diferentes de su sueldo en la empresa.

 

4.6. De actividades fuera de lo contemplado en el puesto

a) Patrocinio en la empresa y contra la empresa: Mientras duren en el ejercicio de sus funciones, los trabajadores de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V., se abstendrán de ejercer por sí mismos patrocinios, asesoramientos, asistencias o representaciones, ya sea directa o indirectamente, a cualquier persona dedicada a la actividad comercial incursionada por la empresa en cualquier materia o asunto que éstos demanden o requieran. Asimismo, los trabajadores de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., se abstendrán de patrocinar, asesorar, asistir o representar, directa o indirectamente, a cualquier persona en cualquier materia en procesos judiciales en los que INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., sea demandante o demandada.

b) Litigio contra INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V.,: Los trabajadores de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., se abstendrán de patrocinar, asesorar, asistir o representar, directa o indirectamente, a cualquier persona en cualquier materia o asunto que éstos demanden o requieran ante órganos administrativos, arbítrales o judiciales, en contra de los intereses de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V.,. Asimismo, los trabajadores de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., se abstendrán de intervenir en los procesos administrativos o judiciales de casos o asuntos específicos en los que el funcionario o servidor haya tenido decisión, opinión o participación directa, hasta un año después de su renuncia, cese, resolución contractual, destitución o despido. 

 

4.7. De la relación con Accionistas, la Comunidad, Responsabilidad Social y Medio Ambiente

a) Compromiso con las necesidades de los Accionistas: Deberá reflejarse en el respeto a sus derechos y en la búsqueda de soluciones que atiendan a sus intereses, siempre en concordancia con los objetivos de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V.,

b) Compromiso con la Comunidad, Responsabilidad Social y Medio Ambiente: Los trabajadores deben preocuparse por realizar una operación segura, eficiente y responsable, sobre la base de un cohesionado trabajo en equipo de trabajadores, contratistas y proveedores. Asimismo, y siempre que su puesto se lo permita, deberá buscar brindar herramientas que permitan la mejoría del estándar de vida de los habitantes de la comunidad, y generación de oportunidad, respetando las diversas culturas existentes especialmente las relacionadas con las etnias originarias.

 

4.8. De las relaciones en el ambiente de trabajo

a) Interacción adecuada: Las relaciones en el ambiente de trabajo se regirán por la cortesía y el respeto. Existe el compromiso implícito de colaborar para que predomine la lealtad, la confianza, la tolerancia y, en general, el comportamiento compatible con los valores y el Código de Ética del Personal y Directivos de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S. de R.L. de C.V., aunados a la búsqueda de resultados. Queda prohibido ejercer presiones, amenazas o acoso que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realización de acciones dolosas.

b) Reconocimiento y oportunidades: Es fundamental reconocer el mérito de cada uno y fomentar la igualdad de acceso a las oportunidades de desarrollo profesional existentes, según las características, cualidades y contribuciones de cada trabajador. No se admite ninguna decisión que afecte la carrera profesional de subordinados basada en las relaciones personales. 

5- Sanciones

El Código de Ética del Personal y Directivos de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., configura una serie de obligaciones que deberán ser asumidas por los trabajadores y directivos. Una vez que sea aprobado por el Consejo de Administración, la observación y cumplimiento de dicho código, compete a cada uno de sus trabajadores, siendo extensivo a sus directivos, al personal que brinda servicios bajo contratos distintos a los de trabajo, así como a los practicantes profesionales y pre profesionales. 

Cada Gerente y Jefe de Departamento asume la responsabilidad de guiar a su personal hacia el cumplimiento del Código de Ética establecido. El incumplimiento del código de Ética será considerado, según corresponda, como falta laboral conforme a las normas laborales y el Reglamento Interior de Trabajo; como falta administrativa o falta de carácter societario de conformidad con el Estatuto y el marco Legal aplicable; según se determine que las conductas constituyan acciones sancionables conforme la normatividad vigente. Cuando deba aplicarse alguna sanción relacionada con el incumplimiento al Código de Ética, ésta deberá ser informada a la Gerencia General, de forma tal que paulatinamente puedan unificarse los criterios de acción más adecuados en los casos donde ocurra una infracción. 

Cada Director, Gerente y Jefe de Departamento asume responsabilidad en los casos donde, siendo consciente de un hecho que atente contra lo establecido en el Código de Ética, no haya aplicado las medidas pertinentes. 

6- Obligación de Denunciar

Los trabajadores y directores de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., que en el ejercicio de sus funciones tomen conocimiento de actos de corrupción en la administración y gestión de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., bajo responsabilidad, tienen el deber de comunicar los actos contrarios a lo normado en el presente Código de Ética ante uno o varios Comisarios y/o Auditoría Interna de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V.,.

Las personas que hayan presentado denuncias que sean desestimadas por indebidas o infundadas, serán responsables de los daños y perjuicios que pudieran haber causado. El trabajador o directivo de INDUSTRIALIZADORA GUIALANTE, S.  de  R.L. de C.V., que formule debidamente una denuncia tiene el derecho de que su identidad sea reservada, en los casos que  lo considere necesario.